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Contrato de adhesión

Términos y condiciones del servicio

Prestación de servicios profesionales jurídicos y relacionados · BYE MULTAS

Índice de contenido

  • Preámbulo
  • Definiciones
  • PRIMERA. Objeto
  • SEGUNDA. Perfeccionamiento
  • TERCERA. Honorarios y pagos
  • CUARTA. Plazos y autoridades
  • QUINTA. Gastos no incluidos
  • SEXTA. Vigencia de propuestas
  • SÉPTIMA. Obligaciones del cliente
  • OCTAVA. Documentos y expediente
  • NOVENA. Confidencialidad
  • DÉCIMA. Límite de responsabilidad
  • DÉCIMA PRIMERA. Terminación
  • DÉCIMA SEGUNDA. Fuerza mayor
  • DÉCIMA TERCERA. Notificaciones
  • DÉCIMA CUARTA. Modificaciones
  • DÉCIMA QUINTA. Títulos e indivisibilidad
  • DÉCIMA SEXTA. Jurisdicción
  • Aceptación

Preámbulo

Contrato de adhesión entre BYE MULTAS (en adelante el «PRESTADOR») y el CLIENTE que contrata mediante los medios habilitados en el Sitio (pago, formulario, aceptación electrónica u otros), respecto de servicios de asesoría y representación legal en materia de infracciones de tránsito y procedimientos conexos en la Ciudad de México.

Definiciones

«PARTES»: PRESTADOR y CLIENTE.

«Servicios»: Los contratados expresamente (por ejemplo: análisis de expediente, estrategia, preparación o presentación de medios de impugnación como juicio de nulidad ante el TJACDMX, acompañamiento procesal u otros indicados en la cotización, comprobante de pago o confirmación).

«Sitio»: El sitio web de BYE MULTAS donde se publican condiciones y se habilitan medios de contratación.

«Expediente»: Documentación e información del asunto encomendado al PRESTADOR.

PRIMERA. Objeto

1.1 El CLIENTE contrata y el PRESTADOR acepta prestar los Servicios descritos en el comprobante de pago, correo de confirmación, propuesta o medio equivalente.

1.2 Los Servicios pueden incluir, según lo contratado: revisión de información y adeudos relacionados con infracciones de tránsito en CDMX; asesoría sobre opciones legales; preparación y presentación de promociones o juicios administrativos (incluido juicio de nulidad ante el TJACDMX cuando aplique); seguimiento procesal razonable; y actividades complementarias acordadas.

1.3 El PRESTADOR actúa con diligencia profesional. No se garantiza resultado favorable ante autoridades (por ejemplo, Finanzas CDMX, órganos jurisdiccionales) ni terceros. Las resoluciones son exclusivamente de la autoridad competente.

SEGUNDA. Perfeccionamiento del contrato

2.1 El contrato se perfecciona al completarse el pago acordado y, en su caso, la información necesaria, o al aceptarse expresamente por medios electrónicos o firma.

2.2 La aceptación electrónica (pago, formulario, casillas de aceptación) puede producir efectos equivalentes a los previstos en el Código de Comercio y normativa aplicable en materia de comercio electrónico.

TERCERA. Honorarios, forma de pago y facturación

3.1 El CLIENTE pagará el monto indicado en el Sitio, cotización o confirmación, más IVA cuando corresponda.

3.2 Los pagos pueden procesarse mediante pasarelas de terceros (por ejemplo, Stripe). El CLIENTE acepta los términos de dichos proveedores en la medida en que resulten aplicables al procesamiento del pago.

3.3 Salvo disposición expresa en contrario y conforme a la naturaleza del servicio, no habrá devolución de honorarios por servicios ya prestados o en curso de gestión, por el resultado del trámite o por decisiones de la autoridad. El pago cubre la prestación profesional, no un resultado garantizado.

3.4 A solicitud del CLIENTE, se emitirá comprobante fiscal (CFDI) cuando proceda y con los datos fiscales oportunos proporcionados por el CLIENTE.

3.5 Mora: el atraso en pagos puede generar intereses y gastos de cobranza conforme a ley o, en su defecto, interés moratorio del 9% anual sobre saldos vencidos, sin perjuicio de la suspensión de Servicios hasta regularización.

CUARTA. Plazos y autoridades

4.1 Los plazos internos de gestión (presentación de escritos, solicitudes, etc.) se acordarán según el asunto y la carga de trabajo, procurando cumplir con los términos legales aplicables cuando el CLIENTE haya entregado la información y documentación completas.

4.2 Los plazos de respuesta de autoridades (Finanzas CDMX, TJACDMX, tribunales, etc.) dependen de dichas autoridades y pueden variar. El PRESTADOR no controla esos tiempos.

QUINTA. Gastos no incluidos

No están incluidos, salvo pacto expreso: derechos, impuestos y tarifas oficiales; copias certificadas; peritajes; viáticos; mensajería; y otros gastos ajenos a los honorarios profesionales. El CLIENTE los cubrirá cuando se requieran.

SEXTA. Vigencia de propuestas

Las cotizaciones tienen la vigencia indicada en cada propuesta; si no se indica, 30 días naturales. Las tarifas publicadas en el Sitio pueden cambiar; rigen las vigentes al momento de la contratación.

SÉPTIMA. Obligaciones del cliente

El CLIENTE debe: (a) proporcionar información y documentos veraces y completos en tiempo útil; (b) no solicitar actos contrarios a derecho o a la ética profesional; (c) pagar honorarios y gastos acordados; (d) comunicar cambios relevantes al asunto.

OCTAVA. Documentos y expediente

Los entregables elaborados para el CLIENTE son para su uso en el asunto contratado. Metodologías y formatos internos del PRESTADOR permanecen como propiedad del PRESTADOR. El expediente documental del CLIENTE le pertenece; al concluir o a solicitud razonable, se entregará lo procedente, salvo obligaciones legales de conservación.

NOVENA. Confidencialidad

Las PARTES guardarán confidencialidad de la información obtenida con motivo del contrato, salvo obligación legal, requerimiento de autoridad o información de dominio público. La obligación subsiste después de terminado el contrato en los términos que marque la ley y el secreto profesional.

DÉCIMA. Límite de responsabilidad

La responsabilidad del PRESTADOR se limita a la prestación diligente de los Servicios contratados. No habrá responsabilidad por daños indirectos o lucro cesante en la medida permitida por la ley. En ningún caso la responsabilidad agregada excederá del monto efectivamente pagado por el CLIENTE por el Servicio que originó la reclamación, salvo dolo o culpa grave.

DÉCIMA PRIMERA. Terminación

El contrato termina por cumplimiento, mutuo acuerdo, incumplimiento grave no subsanado, falta de pago o causas previstas en la ley. El CLIENTE debe pagar honorarios devengados y gastos incurridos hasta la fecha de terminación.

DÉCIMA SEGUNDA. Fuerza mayor

Ninguna PARTE será responsable por incumplimiento debido a caso fortuito o fuerza mayor debidamente comunicado, en los términos del Código Civil Federal.

DÉCIMA TERCERA. Notificaciones

Las notificaciones entre PARTES podrán hacerse al correo [email protected] (PRESTADOR) y al correo proporcionado por el CLIENTE, salvo otro medio pactado por escrito.

DÉCIMA CUARTA. Modificaciones

Las modificaciones a este contrato requerirán acuerdo escrito o aceptación electrónica expresa. Lo no regulado se suple por los Términos del sitio y el Aviso de privacidad en lo conducente.

DÉCIMA QUINTA. Títulos e indivisibilidad

Los títulos son referenciales. Si alguna cláusula fuere inválida, las demás permanecen en vigor.

DÉCIMA SEXTA. Jurisdicción y ley aplicable

Las PARTES se someten a las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos y a la jurisdicción de los tribunales competentes de la Ciudad de México.

Aceptación

El CLIENTE declara haber leído y aceptado este contrato al contratar por los medios habilitados (incluido el pago cuando aplique).

PRESTADOR: BYE MULTAS — [email protected]

CLIENTE: datos identificatorios y aceptación según el medio utilizado.

Última actualización: 9 de abril de 2026.

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Defensa legal de multas de tránsito · CDMX

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